EDICTO JUZGADO 4to. CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE CÚCUTA EJECUTIVO HIPOTECARIO RADICADO No. 540014053004-2016-00529-00

LA VOZ DEL NORTE 1.040 AM DE CÚCUTA

 

HACE CONSTAR

 

Que el día 14 de febrero de 2021, siendo las 11:19 Am se dio lectura al edicto del Juzgado Cuarto Civil Municipal de Oralidad de Cúcuta, dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, Radicado No. 540014053004-2016-00529-00 adelantado por WILMER SAMUEL GIRALDO GARZÓN, con cédula de ciudadanía No. 88.228.902, a través de apoderado judicial contra OCTAVIO AMAYA ÁLVAREZ, con cédula de ciudadanía No. 13.469.337 se ha señalado la hora de las (9:30 Am) del miércoles tres de marzo de 2021. Para efectos de llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble ubicado en la calle 19 AN 0A-150 entre avenida canal Bogotá y con la zona decesión II de por medio y con la avenida 2 con la zona de cesión IV, en Cúcuta, identificado con MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 260-146179, Predial No. 01-05-00-00-0173-0026-0-00-00-000 alinderado así; NORTE: en 6 metros con el lote 55 de la misma manzana G; SUR: En 6 metros con la calle 19 AN; ORIENTE: Con la casa de nomenclatura #0A-144; y OCCIDENTE: Con la casa de nomenclatura #0A-156 de propiedad del demandado OCTAVIO AMAYA ÁLVAREZ, el inmueble se encuentra Avaluado en la suma de embargado por la suma DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL PESOS (202.926.000); será postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, es decir ($142.048.200) previa consignación del 40% del valor total del mismo, es decir ($81.170.400) en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia a ordenes de este Despacho de conformidad con los artículos 448 y 451 del C.G.P.  Se le hace saber al rematante que de conformidad con lo normado en el artículo 7 de la Ley 11 de 1987, deberá consignar a órdenes de la Dirección Nacional del Tesoro el valor correspondiente al 5% del valor final de la licitación dentro de los cinco días siguientes a la verificación de la misma y dentro del referido termino el excedente del valor del remate, so pena de declarar improbado el remate.

Nombre de la Cuenta: JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD CÚCUTA 

Número de la Cuenta: 540012041004 BANCO AGRARIO 

Número del Proceso: 540014053004-2016-00529-00 

SECUESTRE: RICHARD DOMICIANO ZAMBRANO RINCÓN/DIR. CALLE 7 No. 10-45 El Llano. 

Por último se le avisa a las personas interesadas en hacer postura para el remate que la diligencia será llevada a cabo por la aplicación MICROSOFT TEAMS para ello deberá enviar al correo electrónico del Despacho, es decir, al jcivmcu4@cendoj.ramajudicial.gov.co la postura, la cual deberá estar en un documento cifrado, que solo pueda ser abierto al momento de la diligencia con el código que proporcione el postulante, aquello con el fin de que la postura sea totalmente reservada y que solo tenga conocimiento de ella el ofertante, en razón al sobre cerrado que establece nuestras normas procesales que no han sido modificadas, además deberá proporcionar en el mismo correo que adjunte la postura en documento cifrado sus datos y el correo electrónico para poder remitirle el enlace para ingresar a la diligencia de remate.

El presente edicto se fija el 27 de noviembre de 2020.

San José de Cúcuta, 15 de febrero de 2021.

 

Atentamente,

 

 

SINDY TERESA GUTIERREZ RODRIGUEZ

Gerente Financiera

C.C. 1.032.441.371 de Bogotá D.C.

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