SE DEFINE BAJO QUE LEY SE INVESTIGARÁ A ÁLVARO URIBE
Esta sala plena se lleva a cabo tras el planteamiento de la jueza 30 de control de garantías, Clara Ximena Salcedo, el pasado 22 de septiembre, sobre si el proceso de Álvaro Uribe se debe regir por la ley 906 de 2004 (nuevo sistema), o por la ley 600 del 2000, ( viejo sistema), y, en consecuencia, quién es la autoridad encargada para valorar si lo deja o no en libertad.
Los magistrados de la Sala Plena, conformada por los integrantes de la Sala Civil, Penal y Laboral de la Corte, tendrán que definir este conflicto de competencias en el caso Uribe.
La ley 600, resulta vigente para los delitos incurridos antes del año 2005 y para el juzgamiento de los miembros del Congreso, mientras que la ley 906, actual sistema penal de la justicia ordinaria, tramita los delitos cometidos después del 1 de enero de 2005, exceptuando los casos de aforados constitucionales.
Para la jueza ella sí es idónea para resolver la libertad del exmandatario al evaluar que los hechos ocurrieron en 2018 y que Uribe ya no tiene fuero constitucional al renunciar a su cargo de senador.
Si la Corte Suprema de Justicia, escoge la ley 600, ( viejo sistema), se podrían tener en cuenta las pruebas que estudió la Corte y decidir si se llama a juicio o no el expresidente Álvaro Uribe y su libertad quedaría en manos del Fiscal Gabriel Jaimes.
Pero si por el alto tribunal se decide por la ley 906, (nuevo sistema), la libertad de Uribe la determina la jueza 30 de control de garantías, Clara Ximena Salcedo ,y la Fiscalía deberá empezar de cero la investigación para evaluar la imputación de cargos del Álvaro Uribe Vélez, por presunto soborno a testigos y fraude procesal.
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