LISTO EL PROTOCOLO PARA USO DE PISCINAS EN COLOMBIA
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución 1547, que establece los protocolos de seguridad para el uso de las piscinas en el país.
Este protocolo aplica para todas las piscinas: piscinas abiertas al público, en centros vacacionales, hoteles o moteles; piscinas de uso restringido, es decir, de condominios, clubes privados o conjuntos residenciales; y en piscinas de uso especial, como terapéuticas, termales, entre otras.
Según la resolución, estos lugares deben establecer una zona para la limpieza y desinfección de manos y de los zapatos. Se debe contar con alcohol glicerinado al 60 %, toallas desechables y tapabocas.
Las piscinas también deben demarcar las zonas para garantizar el distanciamiento social y señalizar los baños y las zonas de atención. Los baños de cada lugar deben estar habilitados permanentemente y contar con elementos de aseo personal, gel antibacterial e instrucciones sobre el lavado de manos.