AVALAN PRÁCTICAS PROFESIONALES CÓMO EXPERIENCIAS

¿Eres estudiante? Esta noticia es para ti… A partir de la fecha todos los estudiantes en práctica podrán colocar como experiencia laboral en sus hojas de vida el tiempo que dediquen a esa labor de aprendizaje, una vez hayan culminado sus estudios de educación superior.

Así lo establece el Decreto 616, del Ministerio del Trabajo, con el cual se reglamenta esta medida y con la que el Gobierno ‘espera romper con las brechas de empleabilidad que enfrentan los estudiantes’ en la actualidad.

Según el Gobierno, todos los estudiantes de la oferta formativa posterior a la educación media se benefician, es decir, técnicos laborales, técnicos profesionales, tecnólogos y universitarios de pregrado y posgrado, para lo cual la empresa en la que estos hayan realizado su práctica laboral deberá emitir una certificación sobre la actividad adelantada por el estudiante.

La norma señala que “las actividades formativas de práctica laboral en la relación docencia servicio en el área de la salud, el contrato de aprendizaje establecido en la Ley 789 de 2002 y la judicatura, continuarán siendo reguladas por las disposiciones vigentes sobre las respectivas materias”.

Entre los requisitos para la equivalencia de experiencia profesional, el decreto establece que cobija a toda persona que haya sido estudiante de educación superior de cualquier nivel de educación de pregrado y posgrado.

“En sus niveles técnico profesional, tecnológico y universitario, estudiantes de educación para el trabajo y desarrollo humano, estudiantes de formación profesional integral del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), estudiantes de escuelas normales superiores, o estudiantes de la oferta de formación por competencias a la que se refiere el cuarto inciso del artículo 194 de la Ley 1955 de 2019”.