MUERE LEY QUE PRETENDÍA REDUCIR SEMANAS COTIZADAS A MUJERES

La Sala Plena virtual declaró fundadas las objeciones del gobierno a una ley que había sido aprobada en el Congreso y que buscaba reducir el número de semanas de cotización a la pensión para las mujeres.

Ese proyecto de ley era el 206 de 2016 del Senado, y el 094 de 2015 de la Cámara, que establecía que las mujeres podrían pensionarse cotizando 1.150 semanas, eliminando la exigencia de las 1.300 semanas que contempla la ley.

Ese beneficio, en todo caso, aplicaba únicamente para las mujeres que ganaran menos de dos salarios mínimos.

Sin embargo, después de ser aprobado por el legislativo el Gobierno presentó una objeción, por lo que esta ley nunca vio la luz del díaEl Gobierno se opuso afirmando que esta ley se había tramitado en el legislativo sin el aval gubernamental. Para el Ejecutivo se debió haber pedido su avala porque la obligación de cotizar total o parcialmente al sistema pensional «constituye un beneficio tributario».

A juicio del Gobierno, quitarles a las mujeres 150 semanas para cotizar al sistema pensional consistía en un beneficio tributario, exención o exoneración que debía ser consultada con el Ejecutivo.

Otro argumento del Gobierno para oponerse a este proyecto de ley era que la medida legislativa afectaba la sostenibilidad financiera del sistema pensionalal disminuir el recaudo de recursos del régimen de prima media. También aumentaba la carga para subsidiar las pensiones del régimen de prima media de las mujeres. Así, dijo el Gobierno, el subsidio de la pensión de las mujeres que ganaran dos salarios mínimos pasaría de un 22 por ciento a un 31,4 por ciento.

Por último, el Gobierno aseguró que las leyes que objetó concedían un «privilegio injustificado a un grupo poblacional significativo», lo que afectaba la equidad, universalidad, eficiencia y solidaridad.

El Congreso había insistido ante la Corte en que el proyecto de ley debía mantenerse. Según el legislativo, esta iniciativa no debía tener el avala del Gobierno, tenía un impacto «marginal» sobre la sostenibilidad del sistema pensional, y dijo que la iniciativa buscaba preservar la proporcionalidad entre el número de semanas cotizadas y la edad mínima requerida para acceder a la pensión para las mujeres (que hoy se pensionan a los 57 años, cinco años antes que los hombres). Según los legisladores, el grupo al que se buscaba beneficiar eran mujeres vulnerables y sujeto de especial protección constitucional.

Al evaluar estos argumentos, con una decisión de ocho votos contra uno, la Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró fundadas las objeciones gubernamentales. Eso significa que el proyecto de ley se declaró inconstitucional y por lo tanto las mujeres tendrán que seguir cotizando a su pensión las 1.300 semanas que indican las leyes vigentes.

Contra la decisión mayoritaria de la Corte Constitucional se apartó el magistrado y presidente de esa corporación,Alberto Rojas Ríos, quien consideraba que las objeciones no eran válidas.

Según Rojas, no se necesitaba aval del Ejecutivo para que pasara este proyecto en el Congreso, por no ser un tema de carácter tributario.

También hubo aclaración de voto del magistrado Antonio José Lizarazo y reservó una aclaración de voto el magistrado Alejandro Linares.

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